OPE MADRID 2009 ... 2014 ...

Iniciado por yoli.madrid, 11 de Febrero de 2010, 16:18:45 PM

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sira32

Cita de: calista_25 en 02 de Enero de 2015, 23:41:25 PM
¿No os da la sensacion de que hacen falta muchos cursos para llegar a 16 pyntos? Y ademas las comunicaciones y posters cuentan muy poco no???
Pues ni mas ni menos qe 160 créditos, la gente con algún experto llega facil, yo es a base de cursos y cursos pero al fina llego.
Lo d las comunicaciones es verdad que cuenta poco

irenitica

Una pregunta, primero eligen plaza los traslados, pero ¿son las mismas plazas, osea, de las 1600 plazas convocadas en la ope?  Es que no entiendo muy bien eso.

Meldrel1

#4822
Buenas a todos.

Yo entiendo que haya gente que quiera intentar estirar el chicle al máximo, en pos de conseguir una plaza. Es algo muy importante que, literalmente, te cambia la vida. Me parece bien haga lo que le sea mas beneficioso para su persona.

Claro, que también digo que creo que no hay que caer en ciertos modales que se están viendo (partir piernas y tal  :taloco2: ), y tampoco que venga con discursos del tipo "es por la legalidad y el buen hacer". Lo hacéis porque pensáis que quizás si amplian esa nota de corte, y echáis méritos podáis conseguir plazas... Pues eso está bien, como digo, cada un busca lo mejo para él. Y esto es una cosa muy importante. Lo hacéis porque os interesa, y eso no es malo.

Dicho esto, veo que algun@s os estáis agarrando a este párrafo:

"6.2.4.  Podrán superar la fase de oposición hasta un 50 por 100 de aspirantes más que el número de plazas convocadas, por lo que la nota mínima para superar el ejercicio vendrá determinada en función de este criterio, sin que en ningún caso la nota inferior mínima pueda ser inferior a 30 puntos".

Las leyes tienen muchas cosas, pero suelen ser bastante claras. Analicemos la frase.

Dice "Podrán superar la fase de oposición hasta un 50 por 100 de aspirantes más que el número de plazas convocadas" Nos queda claro que HASTA un 50% mas del número total de plazas PUEDEN (condicional) superar el primer corte.

Veamos ahora que condiciones nos dicta ese condicional:
- "por lo que la nota mínima para superar el ejercicio vendrá determinada en función de este criterio"  La nota mínima para superar el ejercicio será hasta el 50% mas de las 1600 plazas... Pero no acaba aquí la frase.
- " sin que en ningún caso la nota inferior mínima pueda ser inferior a 30 puntos" Es decir... la nota nunca puede ser menor de 30 puntos.

Llegados a este punto estaréis pensando "leñe, pues nos estás dando la razón". Pero no me seáis impacientes. Aquí os animo a recordad nuestros años de "lengua" en el colegio e instituto (que a algunos nos quedan mas lejos que a otros), y 'preguntemos' a la frase a quién le afecte -> ¿Quién no puede tener en ningún caso la nota de menos de 30 puntos? No respondáis, preguntad esto a la frase.

A mí la frase me contesta de forma bastante clara: "hasta un 50 por 100 de aspirantes más que el número de plazas convocadas". Desde el principio del párrafo, se está hablando de ese 50% mas que PUEDE pasar el corte. NUNCA se ha hablado de que para conseguir plaza.

Si vosotros cogéis el listado veréis que NUNCA contradice esta frase. Diréis "pero hay gente que tiene menos de 30". Y así es, pero esa gente NO pertenece al grupo del "50% mas de las plazas ofertadas". Esa gente está dentro del grupo "plazas ofertadas".

Esa frase nunca habla de la lista al completo. Nunca dice "nadie con menos de 30 puntos puede conseguir plaza". Dice claramente que nadie que esté dentro del 50% mas de las plazas ofertadas puede tener menos de 30 puntos. Y todos los que están en el listado no pertenecen a ese "50% mas de las plazas ofertadas"

Si hubiesen bajado sólo una décima mas la nota de corte, el listado si que lo incumpliría. Pues si que habría gente en el grupo de "50% mas de las plazas ofertas" que tendrían menos de 30 puntos.

No me parece un caso comparable al de Valencia. Creo que aquí se han cuidado mas, y han hecho las cosas con mas cuidado.

Si creéis que tenéis razón, adelante. Eso sí, yo creo que antes de todo, deberiais organizaros y preguntad a un abogado las posibilidades que pueda tener. No siendo que al final jodáis a compañeros para nad. Que igual que no gusta que la gente se "autorecete" y haga de sanitarios, los abogados estudian una carrera muy entrenidada para que se les consulte estas cosas.

Saludos.

Intraosea10

Cita de: Margarita22 en 02 de Enero de 2015, 17:47:34 PM
Esto de copiar y pegar leyes que intenten de servir de argumento para decir que esto es impugnable me hace mucha gracia. El Derecho tiene una jerarquía en su normativa, una estructura que no se dilucida en una frase.
No sólo es conveniente que preparen el recurso de alzada, si no el dinero para entrar en un contencioso administrativo.

Con todos mis respetos, lo que dices es una barbaridad.

1) Es impugnable porque se han incumplido las bases de forma evidente.

"6.2.4. Podrán superar la fase de oposición hasta un 50 por 100 de aspirantes más que el número de plazas convocadas por lo que la nota mínima para superar el ejercicio vendrá determinada en función de este criterio, SIN QUE EN NINGÚN CASO LA NOTA INFERIOR MÍNIMA PUEDA SER DE 30 PUNTOS".

2) Referenciar Normas es el único argumento válido porque por ellas se rige la actividad de la Administración. El resto son opiniones.

Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid establece en su artículo 3.1: "los Tribunales de selección son los órganos técnicos encargados del desarrollo y la calificación de las pruebas selectivas a que se refiere el artículo 1 de las presentes instrucciones, para lo cual actuarán con estricta independencia frente a los demás órganos de la Administración. SUS MIEMBROS SERÁN RESPONSABLES de la OBJETIVIDAD DEL PROCEDIMIENTO selectivo, Y DEL CUMPLIMIENTO DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA y demás normativa aplicable".

No se puede elegir qué se cumple y qué no. Las bases son las reglas del juego y no se pueden cambiar a capricho sobre la marcha.

3) No entiendo la referencia al Principio de Jerarquía. No tiene sentido alguno en este contexto... ¿qué intentas decir?

Sea como fuere no has de preocuparte puesto que no hay contradicción entre Normas. Desde la Constitución para abajo todas dicen lo mismo: que las bases de una oposición están para cumplirse, puesto que de no ser así, se cercena el Principio de Igualdad en el acceso a la función pública recogido en el artículo 23.2 C.E. así como en otras tantas Normas de rango inferior.

4) Ningún problema. El asunto es claro y el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo condenará a la Administración a restituir el dinero de las costas a los demandantes. Que no sería la primera vez que ocurre ;-)

Yo entiendo que es una situación muy desagradable para los que han aparecido en esa lista con menos de 30 puntos, pero tienen todas las de perder porque la Resolución del Tribunal es nula de pleno derecho.

sira32

Lo que no entiendo como no tenemos todos los enfermeros plaza porque somos todos unos listos que sabemos hasta de derecho cuando nos ponemos....

joseragdp

Cita de: Meldrel1 en 03 de Enero de 2015, 00:14:58 AM
[...]

A mí la frase me contesta de forma bastante clara: "hasta un 50 por 100 de aspirantes más que el número de plazas convocadas". Desde el principio del párrafo, se está hablando de ese 50% mas que PUEDE pasar el corte. NUNCA se ha hablado de que para conseguir plaza.

Si vosotros cogéis el listado veréis que NUNCA contradice esta frase. Diréis "pero hay gente que tiene menos de 30". Y así es, pero esa gente NO pertenece al grupo del "50% mas de las plazas ofertadas". Esa gente está dentro del grupo "plazas ofertadas".

Esa frase nunca habla de la lista al completo. Nunca dice "nadie con menos de 30 puntos puede conseguir plaza". Dice claramente que nadie que esté dentro del 50% mas de las plazas ofertadas puede tener menos de 30 puntos. Y todos los que están en el listado no pertenecen a ese "50% mas de las plazas ofertadas"




[...]
[/quote]

Muchas gracias Meldrel. Lo has explicado de lujo. La verdad que los del tribunal se lo podrían haber currado bastante más a la hora de redactar las bases y haberlo dejado más claro, pero bueno...

Es lo que ya dijo una compañera que le habían explicado los de Sagasta, que en ese punto de las bases se refieren "al 50% más de las plazas ofertadas". Es decir, a los opositores que van del 1601 al 2400: estos nunca podrán tener menos de 30 puntos.
Para los 1600 primeros no se establece una nota de corte en las bases. La han establecido ahora y es de 28,80.

Lo dicho: enhorabuena a los 1567. Estamos todos aprobados según el tribunal y ahora a por el concurso.

Saludos.
Lo Esencial es Invisible a los Ojos.

Intraosea10

Cita de: Meldrel1 en 03 de Enero de 2015, 00:14:58 AM
Buenas a todos.

Yo entiendo que haya gente que quiera intentar estirar el chicle al máximo, en pos de conseguir una plaza. Es algo muy importante que, literalmente, te cambia la vida. Me parece bien haga lo que le sea mas beneficioso para su persona.

Claro, que también digo que creo que no hay que caer en ciertos modales que se están viendo (partir piernas y tal  :taloco2: ), y tampoco que venga con discursos del tipo "es por la legalidad y el buen hacer". Lo hacéis porque pensáis que quizás si amplian esa nota de corte, y echáis méritos podáis conseguir plazas... Pues eso está bien, como digo, cada un busca lo mejo para él. Y esto es una cosa muy importante. Lo hacéis porque os interesa, y eso no es malo.

Dicho esto, veo que algun@s os estáis agarrando a este párrafo:

"6.2.4.  Podrán superar la fase de oposición hasta un 50 por 100 de aspirantes más que el número de plazas convocadas, por lo que la nota mínima para superar el ejercicio vendrá determinada en función de este criterio, sin que en ningún caso la nota inferior mínima pueda ser inferior a 30 puntos".

Las leyes tienen muchas cosas, pero suelen ser bastante claras. Analicemos la frase.

Dice "Podrán superar la fase de oposición hasta un 50 por 100 de aspirantes más que el número de plazas convocadas" Nos queda claro que HASTA un 50% mas del número total de plazas PUEDEN (condicional) superar el primer corte.

Veamos ahora que condiciones nos dicta ese condicional:
- "por lo que la nota mínima para superar el ejercicio vendrá determinada en función de este criterio"  La nota mínima para superar el ejercicio será hasta el 50% mas de las 1600 plazas... Pero no acaba aquí la frase.
- " sin que en ningún caso la nota inferior mínima pueda ser inferior a 30 puntos" Es decir... la nota nunca puede ser menor de 30 puntos.

Llegados a este punto estaréis pensando "leñe, pues nos estás dando la razón". Pero no me seáis impacientes. Aquí os animo a recordad nuestros años de "lengua" en el colegio e instituto (que a algunos nos quedan mas lejos que a otros), y 'preguntemos' a la frase a quién le afecte -> ¿Quién no puede tener en ningún caso la nota de menos de 30 puntos? No respondáis, preguntad esto a la frase.

A mí la frase me contesta de forma bastante clara: "hasta un 50 por 100 de aspirantes más que el número de plazas convocadas". Desde el principio del párrafo, se está hablando de ese 50% mas que PUEDE pasar el corte. NUNCA se ha hablado de que para conseguir plaza.

Si vosotros cogéis el listado veréis que NUNCA contradice esta frase. Diréis "pero hay gente que tiene menos de 30". Y así es, pero esa gente NO pertenece al grupo del "50% mas de las plazas ofertadas". Esa gente está dentro del grupo "plazas ofertadas".

Esa frase nunca habla de la lista al completo. Nunca dice "nadie con menos de 30 puntos puede conseguir plaza". Dice claramente que nadie que esté dentro del 50% mas de las plazas ofertadas puede tener menos de 30 puntos. Y todos los que están en el listado no pertenecen a ese "50% mas de las plazas ofertadas"

Si hubiesen bajado sólo una décima mas la nota de corte, el listado si que lo incumpliría. Pues si que habría gente en el grupo de "50% mas de las plazas ofertas" que tendrían menos de 30 puntos.

No me parece un caso comparable al de Valencia. Creo que aquí se han cuidado mas, y han hecho las cosas con mas cuidado.

Si creéis que tenéis razón, adelante. Eso sí, yo creo que antes de todo, deberiais organizaros y preguntad a un abogado las posibilidades que pueda tener. No siendo que al final jodáis a compañeros para nad. Que igual que no gusta que la gente se "autorecete" y haga de sanitarios, los abogados estudian una carrera muy entrenidada para que se les consulte estas cosas.

Saludos.

Jajajajajajajajaja eres un verdadero artista. Haces trampas en el solitario, burdas por cierto, pero graciosas.
Deja de mezclar cosas y no despistes que el asunto es sencillo:
1) Para optar a plaza hay que haber superado el ejercicio.
2) Para superar el ejercicio  hay que obtener sí o sí 30 puntos o más.
Y ya no hace falta explicar más pero aún así explico lo del 50% más.
3) Imaginad que se ofertan 10 plazas, y sacan más de 30 puntos 50 aspirantes. Como en el listado de personas que han superado el ejercicio solo pueden aparecer 15 personas (10 plazas + 50%) el Tribunal deberá imponer una nota de corte más alta.
En resumen: se puede subir la nota de corte pero nunca bajar del umbral de los 30 puntos. Todo aquel que no los alcance no habrá superado la fase de oposición. Por mucho que se intente retorcer el asunto para salirse con la suya bien claro lo pone.


"6.2.4.  Podrán superar la fase de oposición hasta un 50 por 100 de aspirantes más que el número de plazas convocadas, por lo que la nota mínima para superar el ejercicio vendrá determinada en función de este criterio, sin que en ningún caso la nota inferior mínima pueda ser inferior a 30 puntos".

zagal


Cita de: sira32 en 03 de Enero de 2015, 00:29:43 AM
Lo que no entiendo como no tenemos todos los enfermeros plaza porque somos todos unos listos que sabemos hasta de derecho cuando nos ponemos....
Jajaja que bueno!!!!


no se lo que le pasa al gato

elenmad87

jajajajaja....esto ya es de broma!!!! unos echando a la gente del foro porque no les apetece leer cosas que no les sigue la corriente,  otros se explayan en su primer mensaje con un tono que al menos a mi me resulta ya conocido (quizas con otro nick), se sigue sacando punta al tema de partir piernas ( ojo, que respondí a alguien que afirmó que haría todo lo posible para que la gente no pida antes que él. ..) etc etc.
por favor, dejemos ya de discutirlo...que cada uno haga lo.que quiera....que para eso es nuestro futuro y nuestro dinero para gastarlo como queramos,  por ejemplo en abogados. otros lo donan a ong's....

Intraosea10



Muchas gracias Meldrel. Lo has explicado de lujo. La verdad que los del tribunal se lo podrían haber currado bastante más a la hora de redactar las bases y haberlo dejado más claro, pero bueno...

Es lo que ya dijo una compañera que le habían explicado los de Sagasta, que en ese punto de las bases se refieren "al 50% más de las plazas ofertadas". Es decir, a los opositores que van del 1601 al 2400: estos nunca podrán tener menos de 30 puntos.
Para los 1600 primeros no se establece una nota de corte en las bases. La han establecido ahora y es de 28,80.

Lo dicho: enhorabuena a los 1567. Estamos todos aprobados según el tribunal y ahora a por el concurso.

Saludos.
[/quote]

Según el Tribunal sí. Según las bases, no todos.
Lo que dices de Sagasta es incorrecto por un detalle bastante obvio. Observarás que indica "la nota mínima para superar el ejercicio..." pues bien, esa nota no puede ser diferente para unos y otros. Ya he explicado lo que significa porque por aquello de la Igualdad (ya sabes, mérito y capacidad) la explicación que das es imposible.
El Tribunal se ha pillado los dedos con un examen "peculiar" y como sería un escandalazo dejar desocupadas 500 plazas han emprendido una huida hacia delante.
No tiene sentido que sigamos discutiendo, ni que se intente engañar a la gente para que no ejerza el derecho legítimo de reclamación. El tiempo y las leyes pondrán a cada uno en su lugar.
Lo dicho ánimo a unos y a otros.



pinchasondas

#4830
Meldrel1. Hace un análisis que todos deberíamos valorar, a mi me ha costado pero entiendo que es una lectura muy inteligente.

Se dice que podrán superar el 50% mas de las plazas ofertadas y en tal caso la nota mínima no podrá ser inferior a 30.
El caso que se ha dado en los resultados no ha sido el de un 50% mas de las plazas ofertadas porque esos 2400 no llegaban a 30 puntos en su totalidad, con lo cual todo ese párrafo de la polémica no es aplicable a los resultados pues no se ha excedido el numero de plazas. Es una aclaración de las reglas en caso de superar las plazas ofertadas en un 50%.

joseragdp

 :040:
Cita de: Intraosea10 en 03 de Enero de 2015, 01:07:25 AM
 
Muchas gracias Meldrel. Lo has explicado de lujo. La verdad que los del tribunal se lo podrían haber currado bastante más a la hora de redactar las bases y haberlo dejado más claro, pero bueno...

Es lo que ya dijo una compañera que le habían explicado los de Sagasta, que en ese punto de las bases se refieren "al 50% más de las plazas ofertadas". Es decir, a los opositores que van del 1601 al 2400: estos nunca podrán tener menos de 30 puntos.
Para los 1600 primeros no se establece una nota de corte en las bases. La han establecido ahora y es de 28,80.

Lo dicho: enhorabuena a los 1567. Estamos todos aprobados según el tribunal y ahora a por el concurso.

Saludos.

Según el Tribunal sí. Según las bases, no todos.
Lo que dices de Sagasta es incorrecto por un detalle bastante obvio. Observarás que indica "la nota mínima para superar el ejercicio..." pues bien, esa nota no puede ser diferente para unos y otros. Ya he explicado lo que significa porque por aquello de la Igualdad (ya sabes, mérito y capacidad) la explicación que das es imposible.
El Tribunal se ha pillado los dedos con un examen "peculiar" y como sería un escandalazo dejar desocupadas 500 plazas han emprendido una huida hacia delante.
No tiene sentido que sigamos discutiendo, ni que se intente engañar a la gente para que no ejerza el derecho legítimo de reclamación. El tiempo y las leyes pondrán a cada uno en su lugar.
Lo dicho ánimo a unos y a otros.



[/quote]
No Intraosea. Te lo voy a explicar yo según como lo veo después de la explicación del tribunal y de la de Medrel.

En ese párrafo se refiere sólo al 50% más de las plazas, porque no quieren que a la fase de concurso pasen más de 2400 personas si resulta que aprueban más de ese número.
Como ese caso no se ha dado, no es necesario aplicar esa base.

Repito, según la base será aplicable la nota mínima de 30 puntos en el caso de que haya más de 2400 aprobados, y no ha sido el caso.

Te voy a redactar el párrafo completándolo para que lo entiendas:

"6.2.4.  Podrán superar la fase de oposición hasta un 50 por 100 de aspirantes más que el número de plazas convocadas, por lo que la nota mínima DE ESE 50% MÁS para superar el ejercicio vendrá determinada en función de este criterio, sin que en ningún caso la nota inferior mínima PARA ESE 50% MÁS pueda ser inferior a 30 puntos".

Tu me dirás que ahora no vale añadir frases, vale, pero es que es lo que estáis haciendo vosotras continuamente, porque estáis viendo el párrafo desde este punto de vista:

"6.2.4.  Podrán superar la fase de oposición hasta un 50 por 100 de aspirantes más que el número de plazas convocadas, por lo que la nota mínima PARA CUALQUIER ASPIRANTE para superar el ejercicio vendrá determinada en función de este criterio, sin que en ningún caso la nota inferior mínima DE CUALQUIER ASPIRANTE pueda ser inferior a 30 puntos".

No se si sigues sin verlo. Todo viene de una base mal redactada. Quizás lo hicieron a posta para cubrirse las espaldas en caso de que pasara lo que ha pasado... Como han dicho por ahí, estos no dan puntada sin hilo.

Un saludo.


Lo Esencial es Invisible a los Ojos.

alejandro zaldiar

Hagamos algo más productivo. Nota 33.0 más 21 de baremo y quiero el 12. Venga que preparo el Excel rápido esta noche que la planta está tranquila  👀🙌

joseragdp

Para acabar, y dejo el tema porque debe haber bastante gente muy quemada con el temita.

Tampoco se violan los principios de igualdad y mérito porque no es verdad que establezcan notas diferentes para unos y otros. Simplemente establece un caso: en el caso de que haya mas de 2400 personas por encima de 30 puntos, solo podrán superar la fase los 2400 primeros.
Pero no habla de una nota de corte en el caso de que los aprpbados sean menos, porque sencillamente, no la hay.

Además, no están obligados a bajar la nota de corte más porque en la base dice "HASTA el 50% más". Con ese hasta quieren decir que aprobaran los que ellos decidan, que en este caso han sido 1567.

Lo dicho, estos no dan puntada sin hilo...
Lo Esencial es Invisible a los Ojos.

Leininger

Cita de: alejandro zaldiar en 03 de Enero de 2015, 01:40:44 AM
Hagamos algo más productivo. Nota 33.0 más 21 de baremo y quiero el 12. Venga que preparo el Excel rápido esta noche que la planta está tranquila  👀🙌
Genial, gracias!!
Yo nota: 34,65, baremos: 21. Total: 55,65 (aprox)
Hospital q quiero: Princesa o Marañon.
:great:

jesusig87

Hola, alguien que sea de Madrid podría poner información de los hospitales para tener algún criterio donde elegir?  :spamafaute:

Sobre todo lo q mas me interesa es el tipo de turnos que hay en cada hospital: 12h, fijos, rotatorios, mañanas-noches o tardes noches.... Pero también alguna característica que conozcáis, por ejemplo si la historia clínica la llevan en papel o esta todo informatizado.

Gracias!!  :kisses:

Milbemax

 :dubbio: hasta donde yo sé, en todos los hospitales son turnos de mañana (8-15h) o de tarde (15-22h) con una semana de 3 ó 4 noches (22-8h) cada dos o tres semanas, aunque ya son muchos los hospitales que están poniendo un turno antiestrés (intercalan 1 o dos noches por semana y a continuación se libran mínimo 2 ó 3 días seguidos). Hay también algunos privilegiados que trabajan en consultas de los centros de especialidades asociados a los hospitales (sin noches ni fines de semana), pero vamos esos puestos con los traslados internos de cada hospital suelen ocuparse con la gente que más puntos tiene (cercanos a jubilarse en la mayoría de los casos) o con algún tipo de adaptación por problemas de salud. En cuanto a lo de las historias, en la mayoría de los hospitales,  la historia de planta y de urgencias está informatizada pero todavía quedan muchos servicios en los que las historias siguen siendo de papel.
Lo que varía en Madrid son los servicios de cada hospital y aunque en la mayoría hay bastantes servicios son los antiguos los que más servicios siguen teniendo (Gregorio Marañon, LA Paz, Ramón y Cajal, 12 de Octubre...), hay algunos pequeños como el Virgen de la Torre o La fuenfría (Cercedilla) que tienen sobre todo Medicina Interna y paliativos, y Lafora que es psiquiátrico, los demás hospitales (alguno de los grandes se me olvida seguro) son intermedios y puedes encontrar de todo, de todas formas en la página de madrid.org vienen todos los hospitales al detalle y los servicios con los que cuentan.
Espero haberte ayudado.
Saludos.

Panfilina

Perdonadme, pero, y si es tan legal,...por qué el tribunal no ha cubierto las 1600 plazas... Ok que el 50% más tuviera que tener el 30, pero y las que faltan por cubrir qué pasa? Son más feas o qué?
Antes de preguntar, dale a buscar !!!

Todo pasa y todo queda... Se hace camino al andar.

Leininger

No... Lo comentamos antes. Si pasas a los q tendrán 0,25 menos para cubrir esas plazas, de golpe pasarían 120 personas (por poner un ejemplo), que son mas personas q plazas.

Panfilina

#4839
Eso no es una razón Leininger, porque según la explicación de que el 30 es para el 50% de más no afectaría a los siguientes que en igualdad de méritos pasarían a concurso por derecho por repito igualdad de nota, no sería pasar aspirantes de más, lo cul e facultad del tribunal, sino que pasan ellos por legítimo derecho!!.....y concursarían todos por méritos, y todos es todos, que lo que sí que no es legal... PARA NADA LEGAL es ofertar plazas y luego no darlas
Lo dicho, buen intento de explicación pero nuevamente el tribunal se contradice
Antes de preguntar, dale a buscar !!!

Todo pasa y todo queda... Se hace camino al andar.