EXAMEN COMUNIDAD DE MADRID

Iniciado por maia, 13 de Mayo de 2006, 20:54:23 PM

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CAMPELOCO

LOS DOCUMENTOS SE PUEDEN ENTREGAR EN CUALQUIER REGISTRO DE AREA O DE HOSPITAL.

CAMPELOCO

Cita de: solera en 17 de Mayo de 2007, 00:09:58 AM
Y...AUNQUE PIDA EXCEDENCIA TAMBIEN DEBO SOLICITAR CARRERA PROFESIONAL Y ANEXO 1 PARA TRIENIOS.. CUANDO FIRME EL NOMBRAMIENTO?? :help:
DE MOMENTO, LA CARRERA PROFESIONAL ES SOLO PARA LOS ESTATUTARIOS.

solera

GRACIAS POR TU INFORMACION(CAMPE) Y PERDONA QUE SEA TAN PREGUNTONA!!ESPERO APORTAR ALGO SI CONSIGO HABLAR CON ALGUIEN MAÑANA Y ...SI ME ESCUCHAN... :boxing:

mafer

A ver con lo de los certificados medicos a mí ya me estan entrando dudas :dubbio: el dia de la eleccion de plaza dijeron claramente que valía cualquier certificado hecho por medico de sanidad publica, y que no hacia falta comprar el oficial de farmacia, que yo le he comprado y viene un formato estandar y luego el medico basicamente tiene que poner que no tienes ninguna enfermedad infecto-contagiosa y que no tienes alteracion física o psiquica que impida el desarrollo de tu actividad laboral, es así no??? gracias  :happy:

morfina

 
    Una preguntita,si eres estatutario fijo con plaza en excedencia no podrias solicitar la carrera profesional,para que se te reconozca el nivel???
aunque no la cobres de momento mientras permanezcas en situacion de excedencia en tu plaza de estatutario fijo???   uffff! que lio es todo esto.... y que pasaria en ese caso con los trienios? Campe,podrias aclararme algo de esto....estoy en un mar de dudas y de preguntas como ves..GRACIAS!! :yar:

morfina

 

   Por cierto,lo del certificado medico es un lio total,ahora resulta que lo tiene que hacer un medico de AP del servicio regional de salud.En la adjudicacion de plazas dijeron claramente que cualquier medico AP,o AE ...una no sabe ya a que atenerse,yo ya lo tenia hecho por un medico de mi hospi,y ahora no se si me valdra o no.. :drama:

zirtaeb

A ver, una preguntita fácil, para los trienios tengo que pedir el anexo1, ok, pero para la carrera profesional vales con un certificado de servicios prestados normal, ¿con fecha hasta 8 de marzo? Sé que es darle vueltas a lo mismo, pero no me queda claro! :BangHead:

voz

Cita de: morfina en 17 de Mayo de 2007, 02:01:44 AM


   Por cierto,lo del certificado medico es un lio total,ahora resulta que lo tiene que hacer un medico de AP del servicio regional de salud.En la adjudicacion de plazas dijeron claramente que cualquier medico AP,o AE ...una no sabe ya a que atenerse,yo ya lo tenia hecho por un medico de mi hospi,y ahora no se si me valdra o no.. :drama:
En la resolución pone : facultativo de cualquier centro de salud adscrito al servicio madrileño de salud.
Aunque el tribunal haya dicho que da igual el médico, también dijo que podía ser de otra comunidad; lo que pone por escrito es lo que vale a la hora de reclamar, por lo que yo no me arriesgaría.
En lo que parece que no hay problema es en que sea oficial o no, puesto que no especifican, tiene que valer cualquiera de los dos. :contrato:

DENEB

SI ZIRTAEB, lo que pasa es que creo yo que lo de la carrera ya lo debias de tener reconocido, porque le plazo de pedirlo de forma excepcional se acabó ya. aunque el satse dijo que iban a abrir los plazos otra vez...

CAMPELOCO

#3749
SOBRE EL TEMA DE LAS INCOMPATIBILIDADES DE LOS LABORALES:(DEDICADO A SOLERA)

DEL CONVENIO LABORALES DE LA CAM:Convenio Colectivo Personal Laboral C.M. 2004-2007
ARTÍCULO 11.- INCOMPATIBILIDADES

Al personal laboral de la Comunidad de Madrid se le aplicará el régimen de
incompatibilidades, de acuerdo con las normas básicas contenidas en la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de
las Administraciones Públicas.
Al trabajador incurso en incompatibilidad que debe, por tanto, quedar en situación
de excedencia voluntaria, le será de aplicación lo dispuesto al efecto en el
Artículo 34 del presente texto, cuando de las dos actividades públicas entre las
que debe optar, sea la elegida en otra Administración distinta de la de la
Comunidad de Madrid, o si ambas son en la propia Comunidad de Madrid, respecto
de la no elegida.
En los casos de renuncia al puesto de trabajo no elegido que llevasen consigo
la extinción de la relación laboral, no surtirá efecto lo establecido en el párrafo
anterior.
ARTÍCULO 34
B) Los trabajadores incursos en incompatibilidad, de conformidad con la Ley
53/1.984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio
de las Administraciones Públicas, y normas de desarrollo, serán declarados
en la situación de excedencia voluntaria regulada en este Artículo, ya sea
como consecuencia de opción realizada por ellos mismos, ya por declaración
expresa de la Administración Pública competente.
A tal efecto, no será de aplicación el plazo mínimo de antigüedad a que se refiere
la letra A) del presente número, ni el tope de duración mínima allí indicado.
El reingreso al servicio activo deberá solicitarse en el plazo de dos meses desde
que cesara la situación que motivó la incompatibilidad, extinguiéndose el contrato
de trabajo de no solicitarse el reingreso en el indicado plazo.
Convenio Colectivo Personal Laboral C.M. 2004-2007

LOGICAMENTE PARA TENER DERECHO A PEDIR UNA EXCEDENCIA, TIENES QUE SER PERSONAL FIJO, NO ES POSIBLE PEDIR UNA EXCEDENCIA POR INCOMPATIBILIDAD DE UNA PLAZA DE ESTATUTARIO FIJO PARA CONTINUAR EN TRABAJANDO EN UN INTERINO LABORAL, POR EJEMPLO.
TAMPOCO ES POSIBLE PEDIR UNA EXCEDENCIA VOLUNTARIA EN UNA PLAZA Y TRABAJAR EN LA ADMINISTRACION PUBLICA.

voz

Cita de: DENEB en 17 de Mayo de 2007, 09:14:34 AM
SI ZIRTAEB, lo que pasa es que creo yo que lo de la carrera ya lo debias de tener reconocido, porque le plazo de pedirlo de forma excepcional se acabó ya. aunque el satse dijo que iban a abrir los plazos otra vez...
Aunque lo hayas solicitado y hayas reclamado, hay personas a las que no nos lo han reconocido porque las jefas de personal de algunas áreas se creen más listas que nadie.

Luz

Bueno, ya veo que esto no para de día ni de noche. Yo voy ahora mismo al centro de Salud a hablar con la de cabecera para preguntarle si me pondrá algún problema para darme el alta un día para darme de baja al siguiente.

Luz

Cita de: maytems en 16 de Mayo de 2007, 23:24:17 PM
Uf! Estas unas horas desconectado y tienes que leerte 4 páginas!
Hoy nos ha dicho la super que les han reunido sus adjuntos para decirles que el día 15 nos incorporamos. Que los que somos interinos nos quedamos donde estamos.
Por cierto, Luz, no sé si para ti será una buena o una mala noticia, pero me ha dicho que está luchando para que te quedes en el hueco que queda libre.
Otra duda más con lo de la toma de posesión. Yo ceso el interino, p.ej el 18 y firmo el nombramiento el 19.El día 18 tendría que trabajar?Es que como yo no cambio ni de servicio, realmente no me tengo que incorporar.





No me parece mal que luche por que me quede. De todas maneras, el Viernes si eso, nos pasamos por dirección a ver lo que nos dicen, ¿ok?.

nesi

 He ido al GM a pedir los certificados de servicios prestados; sin problema, el de los trienos,la hoja del anexo I (lo tienen en una carpeta  naranja al lado del de servicios prestados), lo unico que una vez solicitado para ir a recogerlo; el de servicios prestados tardan 7 dias y el anexo I tarda 10 dias a partir de la solicitud.
Nuestro cerebro es el mejor juguete que se ha creado. En el se encuentran todos los secretos incluso el de la felicidad. (Charles Chaplin)

maytems

Muchas gracias Nesi, por la información. Yo me acercaré el lunes a pedirlo. Bueno, el G.M y otros hospitales (me espera un visita turística por Madrid ese día)
Luz, al final tu médico de cabecera te va a echar de la consulta, de tanto verte, jaja  :loool:
Y mañana nos pasamos por todos los sitios que tú quieras . Total , sólo tengo que hacer papelo  en 3 sitios diferentes, o sea que tengo toda la mañana perdida.

Luz

Si, anda, si a pesar de estar de baja, casi no me ve el pelo, porque como ya te dije, recojo los partes en el mostrador. Es que ayer no estaba ella, y yo , con lo que quería era  hablar con ella.... Me ha dicho que no hay problema. Que me entere bien de la fecha, y me da el alta y la baja el mismo día.

Bueno, ella sabrá como lo tiene que hacer.

anechu

 
    Buenos diaaaaas !  :sbox_laugh:Una duda tonta acerca del dichoso certificado médico; hoy he ido a mi CS con el papelito de la farmacia y mi doctora me ha puesto el número de colegiado y el de CIAS, pero acabo de leer un mensaje anterior y a mi no me ha puesto eso de que no tengo alteración fisica no psiquica PARA EL DESARROLLO DE SU ACTIVIDAD LABORAL. Sólo ha puesto que en la actualidad no padezco ninguna enf. infectocontagiosa aguda y estoy bien vacunada. Sirve asI ? Al fin y al vbo en la resolución no dice nada de lo que te tiene que poner. Vuelvo a atacarla para que me haga otro ? Agggggggg, qué dudas !  :carcel:
   
   

mafer

yo he preguntado esta mañana en varios sitios, y efectivamente no hay ningun "modelo" de certificado medico que diga lo que hay que poner exactamente, cada medico lo redactará un poco a su "forma" pero basicamente, tiene que dejarse claro que estas apto para tu puesto de trabajo.... es lo que me han dicho a mi, y tambien me han comentado que con este tema de certificados medicos tampoco estan con lupa...tranqulidad :yahoo:

anechu

 Gracias MAFER ! :happy:, me parece que estamos todos un poco paranoic@s con todo esto de los papeles, pero vamos, esto de sacarse una placita no es cosa de todos los dias, ja,ja,ja.  :ubria:

footlambert

A ver si me podéis ayudar. Una vez que tengamos que ir a firmar el nombramiento, tenemos un mes para incorporarnos. Por un tema personal, yo me quiero incorporar el último día que pueda, y la pregunta es la siguiente: ¿Cuando firmo el nombramiento y tengo que entregar todo el papeleo, el día que me toque o cuando me vaya a incorporar?. Esto es un "fregao"..... pero ha merecido la pena los miles de papeles que llevamos echando año tras año.

Muchas gracias a todos