OPE SERGAS 2008/2009

Iniciado por streptococo, 18 de Marzo de 2008, 19:52:49 PM

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mjose

#1140

Vale, entendido, entonces si trabajas 1430horas peladas no tienes derecho a pedir los LDs, ok, pero entonces deberían decir que la jornada es de 1493 horas reales si no quieres renunciar a tu derecho de disfrutar los LDs. Supongo que queda mejor decir que la jornada es menor en nº de horas, aunque eso implique la renuncia a los días de libranza "opcionales"..., es politicamente más correcto.

Y ya por darle una vuelta más de rosca. Ahora con la incorporación de los "veteranos" de especializada al Pac que va a puede pasar, planteemos un ejemplo:

Que si trabajan las 1430h (peladas) no pueden disfrutar los Lds adicionales y los días de vacaciones adicionales (vamos a llamarles "canosos")?? Hay gente que además del derecho de disfrutar sus 9 Lds acumula 2, 3, 4... días a mayores , que pasa entonces que se pierde ese derecho de veteranía?? quiero decir que si todo el mundo ha de trabajar 1430h y no trabaja más, da igual que tengas  1 trienio que que tengas 6, no tienes derecho a esos días de veteranía??...

¿pasa entonces que para poder disfrutar los Lds y demás días "canosos" has de trabajar las 1430+63+14/21/28...=  _______  efectivamente no compensa...pero te digo algo, que creo que el concepto erroneo es el no considerar los disfrutes LDs como jornada efectiva, porque segun esto dos trabajadores, uno con antiguedad 0 y otro con una antiguedad de 20 años (en igualdad de condiciones, teniendo solo las 1430h estipuladas el cartelera, al veterano le están mermando sus derechos de disfrute de libranzas que el Sergas te regala por añoso, derechos que se han ido ganando poco a poco y no sin pocos sudores...que por otra parte a medida que todo el mundo vaya ganado canas también disfrutará, que no se me malinterprete)

...bueno no sé creo que tengo que darle otra vuelta, a ver si termino por cambiar el chip, puede que la especializada me haya trastocado :taloco2:


Gracias a ambos por vuestras respuesta, han sido muy aclaratorias :occ:

danka

#1141
Rumores de un sindicato y que anda pululando por ahi...  ahora nos mueven a los interinos que estamos en primaria para poder resolver los traslados externos, ocupando los huecos que dejan libres. Los interinos de hospital se quedan donde están hasta que se resuelvan los traslados internos y una vez estén colocados, elegiremos por puntuación destino definitivo...
Esa es una versión... la otra es que se intentará que los interinos de hospital se queden en el puesto que están, y el resto nos comamos lo que queda libre después de traslados internos y externos... que me niego...  :wacko:sería muuuuuy injusto y poco ilegal...

deses

Danka estoy totalmente de acuerdo yo y mucha gente más haber si los sindicatos nos echan una manita......

toritopool

siempre tienen preferencia los prpietarios con plaza,pueden desplazar a la gente con inyerinidad e incluso a gente con acumulos de larga duracion que las direcciones de hospitales recolocan.

tablon

Cita de: mjose en 10 de Marzo de 2011, 23:30:19 PM

Vale, entendido, entonces si trabajas 1430horas peladas no tienes derecho a pedir los LDs, ok, pero entonces deberían decir que la jornada es de 1493 horas reales si no quieres renunciar a tu derecho de disfrutar los LDs. Supongo que queda mejor decir que la jornada es menor en nº de horas, aunque eso implique la renuncia a los días de libranza "opcionales"..., es politicamente más correcto.

Y ya por darle una vuelta más de rosca. Ahora con la incorporación de los "veteranos" de especializada al Pac que va a puede pasar, planteemos un ejemplo:

Que si trabajan las 1430h (peladas) no pueden disfrutar los Lds adicionales y los días de vacaciones adicionales (vamos a llamarles "canosos")?? Hay gente que además del derecho de disfrutar sus 9 Lds acumula 2, 3, 4... días a mayores , que pasa entonces que se pierde ese derecho de veteranía?? quiero decir que si todo el mundo ha de trabajar 1430h y no trabaja más, da igual que tengas  1 trienio que que tengas 6, no tienes derecho a esos días de veteranía??...

¿pasa entonces que para poder disfrutar los Lds y demás días "canosos" has de trabajar las 1430+63+14/21/28...=  _______  efectivamente no compensa...pero te digo algo, que creo que el concepto erroneo es el no considerar los disfrutes LDs como jornada efectiva, porque segun esto dos trabajadores, uno con antiguedad 0 y otro con una antiguedad de 20 años (en igualdad de condiciones, teniendo solo las 1430h estipuladas el cartelera, al veterano le están mermando sus derechos de disfrute de libranzas que el Sergas te regala por añoso, derechos que se han ido ganando poco a poco y no sin pocos sudores...que por otra parte a medida que todo el mundo vaya ganado canas también disfrutará, que no se me malinterprete)

...bueno no sé creo que tengo que darle otra vuelta, a ver si termino por cambiar el chip, puede que la especializada me haya trastocado :taloco2:


Gracias a ambos por vuestras respuesta, han sido muy aclaratorias :occ:

Sí, exacto. El concepto en PAC es que tú firmas un contrato por HORAS y te obliga a realizar 1430 horas "efectivas anuales". Entonces esos días de "canosos" se pierden al entrar a trabajar al PAC, es lo que les sucede a los celadores.
También quería aclarar una cosa a las que vayan a trabajar al PAC: hay que estar preparad@ para ir en la Ambulancia. La ambulancia del 061 (de las que sólo existen 9 en toda Galicia) no se desplaza normalmente más de unos 15-20 minutos de su base. Por ello, bajaos el Manual de Urgencias Extrahospitalarias del 061 que está en su página web y estudiaroslo: RCP avanzada, politrauma, intoxicaciones, etc... porque el en PAC, EL 061 SOIS VOSOTROS.
Un saludo.

pggonza&peterpan

Cita de: mjose en 10 de Marzo de 2011, 23:30:19 PM

Vale, entendido, entonces si trabajas 1430horas peladas no tienes derecho a pedir los LDs, ok, pero entonces deberían decir que la jornada es de 1493 horas reales si no quieres renunciar a tu derecho de disfrutar los LDs. Supongo que queda mejor decir que la jornada es menor en nº de horas, aunque eso implique la renuncia a los días de libranza "opcionales"..., es politicamente más correcto.

Y ya por darle una vuelta más de rosca. Ahora con la incorporación de los "veteranos" de especializada al Pac que va a puede pasar, planteemos un ejemplo:

Que si trabajan las 1430h (peladas) no pueden disfrutar los Lds adicionales y los días de vacaciones adicionales (vamos a llamarles "canosos")?? Hay gente que además del derecho de disfrutar sus 9 Lds acumula 2, 3, 4... días a mayores , que pasa entonces que se pierde ese derecho de veteranía?? quiero decir que si todo el mundo ha de trabajar 1430h y no trabaja más, da igual que tengas  1 trienio que que tengas 6, no tienes derecho a esos días de veteranía??...

¿pasa entonces que para poder disfrutar los Lds y demás días "canosos" has de trabajar las 1430+63+14/21/28...=  _______  efectivamente no compensa...pero te digo algo, que creo que el concepto erroneo es el no considerar los disfrutes LDs como jornada efectiva, porque segun esto dos trabajadores, uno con antiguedad 0 y otro con una antiguedad de 20 años (en igualdad de condiciones, teniendo solo las 1430h estipuladas el cartelera, al veterano le están mermando sus derechos de disfrute de libranzas que el Sergas te regala por añoso, derechos que se han ido ganando poco a poco y no sin pocos sudores...que por otra parte a medida que todo el mundo vaya ganado canas también disfrutará, que no se me malinterprete)

...bueno no sé creo que tengo que darle otra vuelta, a ver si termino por cambiar el chip, puede que la especializada me haya trastocado :taloco2:


Gracias a ambos por vuestras respuesta, han sido muy aclaratorias :occ:

A ver..no has de trabajar 1430+63+.....para poder disfrutar tus permisos; tienes que tenerlo plasmado en cartelera que es diferente, horas suficientes en cartelera y así cuando se haga uso de los disfrutes correpondientes te quedas con la jornada efectiva que tienes que cumplir.
Cualquier periodo de vacaciones adicional futuro va a ser considerado como periodo neutro, es decir se retrotrae de la Jornada efectiva sin ningún tipo de "penalización".


...Trasteando...!!!

tablon

Cita de: pggonza en 11 de Marzo de 2011, 12:51:11 PM
Cita de: mjose en 10 de Marzo de 2011, 23:30:19 PM

Vale, entendido, entonces si trabajas 1430horas peladas no tienes derecho a pedir los LDs, ok, pero entonces deberían decir que la jornada es de 1493 horas reales si no quieres renunciar a tu derecho de disfrutar los LDs. Supongo que queda mejor decir que la jornada es menor en nº de horas, aunque eso implique la renuncia a los días de libranza "opcionales"..., es politicamente más correcto.

Y ya por darle una vuelta más de rosca. Ahora con la incorporación de los "veteranos" de especializada al Pac que va a puede pasar, planteemos un ejemplo:

Que si trabajan las 1430h (peladas) no pueden disfrutar los Lds adicionales y los días de vacaciones adicionales (vamos a llamarles "canosos")?? Hay gente que además del derecho de disfrutar sus 9 Lds acumula 2, 3, 4... días a mayores , que pasa entonces que se pierde ese derecho de veteranía?? quiero decir que si todo el mundo ha de trabajar 1430h y no trabaja más, da igual que tengas  1 trienio que que tengas 6, no tienes derecho a esos días de veteranía??...

¿pasa entonces que para poder disfrutar los Lds y demás días "canosos" has de trabajar las 1430+63+14/21/28...=  _______  efectivamente no compensa...pero te digo algo, que creo que el concepto erroneo es el no considerar los disfrutes LDs como jornada efectiva, porque segun esto dos trabajadores, uno con antiguedad 0 y otro con una antiguedad de 20 años (en igualdad de condiciones, teniendo solo las 1430h estipuladas el cartelera, al veterano le están mermando sus derechos de disfrute de libranzas que el Sergas te regala por añoso, derechos que se han ido ganando poco a poco y no sin pocos sudores...que por otra parte a medida que todo el mundo vaya ganado canas también disfrutará, que no se me malinterprete)

...bueno no sé creo que tengo que darle otra vuelta, a ver si termino por cambiar el chip, puede que la especializada me haya trastocado :taloco2:


Gracias a ambos por vuestras respuesta, han sido muy aclaratorias :occ:

A ver..no has de trabajar 1430+63+.....para poder disfrutar tus permisos; tienes que tenerlo plasmado en cartelera que es diferente, horas suficientes en cartelera y así cuando se haga uso de los disfrutes correpondientes te quedas con la jornada efectiva que tienes que cumplir.
Cualquier periodo de vacaciones adicional futuro va a ser considerado como periodo neutro, es decir se retrotrae de la Jornada efectiva sin ningún tipo de "penalización".
He leído tu post y no entiendo lo que dices de "período neutro" y esas cosas. Para tener las cosas claras, hay obligatoriamente que hacer al final del año EFECTIVAS 1430 horas anuales que pueden ampliarse como jornada complementaria obligatoria por las gerencias hasta un total de 1570 horas anuales EFECTIVAS. Esto viene recogido por la Ciga en la siguiente dirección: http://www.cig-saude.org/CENTRAL/index.php?option=com_content&view=category&layout=blog&id=8&Itemid=19

danka

Cita de: toritopool en 11 de Marzo de 2011, 11:58:23 AM
siempre tienen preferencia los prpietarios con plaza,pueden desplazar a la gente con inyerinidad e incluso a gente con acumulos de larga duracion que las direcciones de hospitales recolocan.

Totalmente de acuerdo. Lo que no me cuadra es que los interinos de hospital que cojan plaza tengan la opcion de quedarse donde están y los interinos de primaria nos quedemos con el resto, sin optar a esos huecos. Tendrá que ser como han hecho siempre... Un acto común e ir eligiendo por puntuacion, sin prevalecer los que ya estan en hospital sobre los que vamos de primaria a la hora de elegir. No sé si me explico bien...

pggonza&peterpan

cuando hablo de periodo neutro me refiero a situaciones asimiladas a activo aunque no estés de presencia física. No se si me explico lo suficiente. Si tu estás en situación de IT, es un periodo neutro, no tienes que recuperar esas horas para hacer efectivas las 1430. Hasta aquí de acuerdo? Pues de la misma manera si por antiguedad vas generando más días de libre disposición y/o días adicionales hay que darles el mismo tratamiento.


...Trasteando...!!!

pilara

#1149
Trabajo en pac desde hace 5 años,vamos,desde que comenzó.En el año 2008 los facultativos/as junto con los enfermeros/as de los pac sin que mediara sindicato alguno en un comienzo, pedimos jornada de 1430 horas,ya que en aquel entonces nos obligaban a hacer 1570, asi como el pago de los conceptos de nocturnidad y festividad,que tampoco cobrabamos.Después de una pelea grande y una vendida sindical conseguimos que se nos diera la jornada de 1430 horas anuales a plazos,consiguiendo en el 2010 las tan ansiadas horas.Con esa jornada 1430 tienes derecho a tus 63 horas de dld y a tu mes de vacaciones.Los complementos de nocturnidad al igual que la jornada nos los han dado también a plazos,en una propocion de el primer año el 60% de lo estipulado en la confección de nominas anuales,el 20% el segundo y el 20% el tercero,éste último no lo hemos recibido ya que con el tema de la crisis,se han anulado estos pactos,con lo cual el personal de pac aparte de restarnos el 5% como a a todo el mundo no cobramos ese 20% restante del complemento,es decir si mientras en hospitalaria se paga la nocturnidad y festividad al 100%,en pac,se nos paga al 80%.

Los periodos de baja a pesar que segun la ley del empleado publico ha de  contar como tiempo trabajado,para el personal de pac no es así,si has estado de baja,a principio de año te llegara una nómina negativa a favor del sergas.Puede que no os lo creais pero así es.El derecho a tiempo de formacion,asi como los dias de asuntos propios,lo mismo,se descuentan de la jornada anual.

La jornada anual de primaria es de 1624 horas anuales,si no me equivoco,la hospitalaria varia en función del número de noches.Los dias adquiridos por antiguedad trabajes en pac,primaria u hospitalaria se descuentan de la misma manera,¿como?,pues disminuyendo la jornada anual obligatoria para éstos trabajadores.

Hay un problema añadido en los pac,en algunos centros como en el mio hay dos compañeros de ordinaria que hacen guardias voluntarias,hemos conseguido,no sin muchos disgustos hacer un calendario con cadencia,donde el personal especifico de pac hacemos las horas reglamentarias,y con cadencia,pero no en todos los sitios es asi,hay todavia muchos centros,donde primero se coloca el personal de ordinaria y luego los huecos los cubre el personal de pac,con lo cual ni hay cadencia y en muchas ocasiones ni siquiera consiguen hacer las 1430 horas obligatorias,hasta el momento,algunas gerencias a pesar que ha sido un tema exigido desde hace tiempo por el personal que estabamos en los pac,no han hecho caso ninguno,ahora a saber si el personal con plaza en propiedad conseguira lo que muchos de mis compañeros no lograron.

Si alguien está interesado en averiguar las condiciones de los pac,en la pagina de la cig tienen en los acuerdos de las urgéncias extrahospitarias.


mjose

Muchas gracias a tod@s por la información acerca de los PAC, me habeis ayudado a aclarar las dudas que tenía en cuanto a la jornada. :kisses:



lgd

Cita de: tablon en 11 de Marzo de 2011, 12:49:46 PM
Cita de: mjose en 10 de Marzo de 2011, 23:30:19 PM

Vale, entendido, entonces si trabajas 1430horas peladas no tienes derecho a pedir los LDs, ok, pero entonces deberían decir que la jornada es de 1493 horas reales si no quieres renunciar a tu derecho de disfrutar los LDs. Supongo que queda mejor decir que la jornada es menor en nº de horas, aunque eso implique la renuncia a los días de libranza "opcionales"..., es politicamente más correcto.

Y ya por darle una vuelta más de rosca. Ahora con la incorporación de los "veteranos" de especializada al Pac que va a puede pasar, planteemos un ejemplo:

Que si trabajan las 1430h (peladas) no pueden disfrutar los Lds adicionales y los días de vacaciones adicionales (vamos a llamarles "canosos")?? Hay gente que además del derecho de disfrutar sus 9 Lds acumula 2, 3, 4... días a mayores , que pasa entonces que se pierde ese derecho de veteranía?? quiero decir que si todo el mundo ha de trabajar 1430h y no trabaja más, da igual que tengas  1 trienio que que tengas 6, no tienes derecho a esos días de veteranía??...

¿pasa entonces que para poder disfrutar los Lds y demás días "canosos" has de trabajar las 1430+63+14/21/28...=  _______  efectivamente no compensa...pero te digo algo, que creo que el concepto erroneo es el no considerar los disfrutes LDs como jornada efectiva, porque segun esto dos trabajadores, uno con antiguedad 0 y otro con una antiguedad de 20 años (en igualdad de condiciones, teniendo solo las 1430h estipuladas el cartelera, al veterano le están mermando sus derechos de disfrute de libranzas que el Sergas te regala por añoso, derechos que se han ido ganando poco a poco y no sin pocos sudores...que por otra parte a medida que todo el mundo vaya ganado canas también disfrutará, que no se me malinterprete)

...bueno no sé creo que tengo que darle otra vuelta, a ver si termino por cambiar el chip, puede que la especializada me haya trastocado :taloco2:


Gracias a ambos por vuestras respuesta, han sido muy aclaratorias :occ:

Sí, exacto. El concepto en PAC es que tú firmas un contrato por HORAS y te obliga a realizar 1430 horas "efectivas anuales". Entonces esos días de "canosos" se pierden al entrar a trabajar al PAC, es lo que les sucede a los celadores.
También quería aclarar una cosa a las que vayan a trabajar al PAC: hay que estar preparad@ para ir en la Ambulancia. La ambulancia del 061 (de las que sólo existen 9 en toda Galicia) no se desplaza normalmente más de unos 15-20 minutos de su base. Por ello, bajaos el Manual de Urgencias Extrahospitalarias del 061 que está en su página web y estudiaroslo: RCP avanzada, politrauma, intoxicaciones, etc... porque el en PAC, EL 061 SOIS VOSOTROS.
Un saludo.



Enlace de interés  http://www.tablonenblanco.com/smf/index.php?topic=10974.0   :yum: , saludos  :thumbup:











mjose


una última duda, si te pasas en el número de horas realizadas al finalizar el año, tienes la opción de pedir LD? o dejarlos sin disfrutar y que te los paguen en Enero?, quiero decir que si no los disfrutas te los pagan, no?

...no sé, es una percepción, pero me da la impresión de que a las gerencias no les hace demasiada gracia que te cojas los días, y prefieren pagarlos en una nomina en Enero; más habiendo leído que en febrero y junio tb te pagan un suplemento por el exceso de jornada que previsiblimente vas a realizar.

la verdad es que sois geniales y os explicais de maravilla, gracias de nuevo :inr:

snupi

Bueno, bueno, la cosa avanza........
Los de la Ciga han hablado con el responsable de la OPE-Traslados para desmentir los rumores (algo exagerados) de que los DUEs quedarian para despues de verano y les ha dicho rotundamente que NO. Parece ser que están tratando de agilizar el proceso para que en estos 2 meses quede TODO resuelto.

Practicamente dan por hecho el 2 o el 9 de Abril para el acto eleccion de destino.

A finales de Abril todos en su sitio......... menos mal !!! A ver si despues se ponen en serio con el Pacto....
" Más vale estar callado y parecer tonto que abrir la boca y despejar todas las dudas"

pilara

Empecé también en el 2000 con los contratos en que se hacia ordinaria y se cubrían las horas de urgéncias que el personal de ordinaria no queria hacer,basicamente viernes,sabados,domingos y festivos,pero considero que trabajo en pac desde febrero de 2005 que es cuando realmente,mi jornada era únicamente en pac.Y cuando se pudo hacer algo por reclamar unos derechos que hasta entonces no estaban reconocidos,como cobrar complementos por nocturnidad y festividad,o tener derecho a algo tan básico como  los dias de libre disposicion o las vacaciones anuales.Hasta el año 2005,los contratos eran dia a dia a pesar que trabajaras el mes completo,mes a mes te enterabas de tu calendario,y me exigian hacer hasta 31 horas seguidas sin respetar en mi caso y en de otras compañeras que estaban en la misma situación la jornada de descanso tras la guardia,eso si el personal de ordinaria que hacia guardias,si libraba al dia siguiente.

PLS

#1155
Cita de: snupi en 11 de Marzo de 2011, 17:38:05 PM
Bueno, bueno, la cosa avanza........
Los de la Ciga han hablado con el responsable de la OPE-Traslados para desmentir los rumores (algo exagerados) de que los DUEs quedarian para despues de verano y les ha dicho rotundamente que NO. Parece ser que están tratando de agilizar el proceso para que en estos 2 meses quede TODO resuelto.

Practicamente dan por hecho el 2 o el 9 de Abril para el acto eleccion de destino.

A finales de Abril todos en su sitio......... menos mal !!! A ver si despues se ponen en serio con el Pacto....


ME HA LLEGADO HOY 11 DE MARZO AL CORREO DEL SERGAS: :thumbup: :thumbup: :thumbup:



Segun nos informan hoy (11 de marzo) desde el SERGAS, las previsiones de los actos de elección de destino, previsiblemente serán:


     - 26 de Marzo: Médicos de Familia, Odontólogos, Pediatras de Primaria y Farmacéuticos de Primaria.

     -  2 de Abril: Enfermería.

     - Finales de marzo/principios de abril: Auxiliares Administrativos, TCAE y PSX.


Se publicarán en el DOG 2 ó 3 días antes de la fecha de elección de destino. Tan pronto tengamos más información te la haremos llegar.



Enviado por CSI-F

Ons

Muchas gracias por la información. Tanto tiempo esperando sin ningún movimiento y ahora, de repente, a correr. Me parece de impresentables que publiquen lo de la elección de destino 2 o 3 días antes en el DOGA, sobre todo por la gente que no está trabajando en Galicia.
Ayer llamé a la gerencia para preguntar por las dichosas vacaciones, irrenunciables, me dijeron, salvo que por razones del servicio no me las pudieran conceder. Y me dijeron que las incorporaciones preveían que a partir del 15 de Abril, pero no me aseguraron nada y tampoco lo decían demasiado convencidos. Coinciden los plazos, 15 días más o menos desde que elegimos destino hasta que nos incorporamos. Plazo más que suficiente según el SERGAS para que la gente que tenga que desplazarse cientos de kilómetros con toda su familia pueda "organizarse" tras casi dos años de espera.
Yo quiero ya incorporarme de una vez a mi plaza, pero me parece que las formas son muy poco correctas. Especialmente después de más de medio año sin hacer absolutamente nada o haciéndolo todo mal. Pero total, ya estamos acostumbrados a que el SERGAS nos trate así de bien. Y a que los sindicatos sigan sin mover el culo para nada, salvo cuando llegan las elecciones sindicales (excepción hecha con la CIGA O BARCO a la que me parece que estamos todos muy agradecidos por la información que nos dan). ¿A que el maravilloso sindicato de enfermería ya anda por ahí pidiendo apoyo? Eso sí, no les preguntes nada porque no tienen ni idea.
En fin, que en semana santa, previsiblemente como ellos dicen (¿dependerá de los hados o de si hay sitio en el DOGA?) , estaremos en nuestras plazas.

chembalineo

Soy el unico que no tiene prisa por ingresar en una de esas cárceles llenas de capullos y camas de 90...

danka

No... yo tampoco tengo prisa ninguuuuuuuuuna.  :srougit:

chembalineo

Cita de: danka en 14 de Marzo de 2011, 11:13:19 AM
No... yo tampoco tengo prisa ninguuuuuuuuuna.  :srougit:

..Ni casi nadie, lo que pasa que la hipocresia es la enfermedad mas lamentable de la sociedad.