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OPE MADRID 06-07

Iniciado por una de urgencias, 07 de Mayo de 2007, 17:57:35 PM

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Enal

Campe: cuando hablas de documentos a llevar y firmar cuando firmas el nombramiento ¿ A que documentos te refieres?  ¿ Que tenemos que llevar ese día? ¿ El día del nombramiento es el día que te incorporas o sea el 18?
Muchas gracias

enfermero

Documentos como tal, si te incorporas en otro centro u hospital diferente al tuyo, pues DNI, carnet de colegiado, datos bancarios....lo típico vaya.

CAMPELOCO


Enal

¿ Los de cupo de discapacidad tenemos que llevar el documento que lo acredita o ellos ya conocen nuestra situación?
Muchas gracias de nuevo

MJS

Hola a todos!
Una preguntita: siendo estatutario te puedes presentar a la OPE laboral y si apruebas podrías tener las dos plazas? O sería necesario renunciar a una de ellas?.
Muchas gracias!

asdue

Hola, a ver si Campe o alguien me puede echar una mano. Cuando sea el dia de la incorporacion yo estare de baja maternal ( se me acaba el 26 de noviembre). Mi duda es si tengo que presentarme al Clinico a decir que no me puedo incorporar y llevar el libro de familia, la baja o algún tipo de documento. ¿ a quien tengo que justificarle que no me puedo incorporar en el tiempo establecido????
Y otra cosilla, si luego quiero una excedencia por cuidado de hijos, tengo que trabajar al menos un dia para poder pedirla???? Es que cuando me di la baja maternal estaba en el paro, no vengo de ningun otro trabajo, sino del paro, y creo que es diferente.
Gracias por vuestra ayuda

pinillos

Cita de: iign02 en 19 de Septiembre de 2011, 23:57:36 PM
Cita de: CAMPELOCO en 19 de Septiembre de 2011, 22:12:39 PM
Cita de: Aniloe en 19 de Septiembre de 2011, 22:05:50 PM
Cita de: pinillos en 19 de Septiembre de 2011, 21:17:47 PM
Hola compas:

Estoy interino en un Servicio Sanitario público que no es el SERMAS, como estatutario y al sacar plaza en esta OPE y tener que incorporarme a partir del 17, quiero solicitar una excedencia voluntaria, porque ya he tenido compañeros hace años que la pidieron siendo interinos y se la dieron durante 2 años, perdiendo la interinidad si no se incorporaban en ese período.

Pero ahora, desde la publicación del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), donde dice que los interinos tienen los mismos derechos que los propietarios (de ahí que nos empezaran a pagar los trienios a los interinos siempre tras pasar por la vía judicial, claro está), sospecho que me la van a denegar para amortizar la plaza y quiero que alguien me pueda aclarar si los interinos seguimos pudiendo pedir excedencias como antaño, hasta un máximo de 2 años.

Lo pregunto porque de esta manera yo me aseguro que no pierdo la interinidad y además me han dicho que esto les obligaría a contratar a otr@ enfermer@ durante esos dos años, ya que si renuncio a mi contrato, amortizarán la plaza por "la crisis económica" y se perderá otro puesto de trabajo más.

Muchas gracias a quien me pueda aclarar este lío administrativo.

¿los interinos podemos pedir una excencia voluntaria? ¿y te reservan la plaza?

NO Y NO

Perdona CAMPE pero mi mujer siendo interina, pidió una excedencia por cuidado de hijos y se la concedieron y volvió a su plaza cuando quiso antes del tope que era de dos años y otro compañero del SERMAS pidió una excedencia siendo interino, por cuidado de familiar dependiente mayor a su cargo y también se la concedieron durante un tope de dos años, pero en este caso no se incorporó y perdió la interinidad, motivo por el cual se contrató a otra compañera en su lugar.

Por esto, lo que digo no son bulos, te hablo de dos casos tan cercanos como que uno ha sido mi propia mujer hace unos años y volvió sin problemas a la plaza que desempañaba, de hecho actualmente consta esa excedencia, como no cotizada en la Seg. Social, en la vida laboral que anualmente nos manda el Ministerio de Trabajo y en todos los certificados de tiempo trabajado que solicita, le descuentan ese período como no trabajado, como es lógico.

Por todo ello, te informo a ti y a quien le interese que los interinos pueden pedir excedencia por los motivos que establece el EBEP (cuidado de hijos y personas mayores dependientes), lo que pasa es que con un tiempo máximo de 2 años y a partir de ahí pierdes la interinidad, a diferencia de los que tienen plaza en propiedad, que pierden el destino pero no la plaza.

Un saludo, Pinillos.

Un saludo 

Ranina

Yo os puedo comentar que tengo 43 puntos en la bolsa y me han llamado en el Marañon para tres meses. Me llamaron la semana pasada. Del Ramon y Cajal, no estan llamando.

zagal

Cita de: MJS en 20 de Septiembre de 2011, 12:08:27 PM
Hola a todos!
Una preguntita: siendo estatutario te puedes presentar a la OPE laboral y si apruebas podrías tener las dos plazas? O sería necesario renunciar a una de ellas?.
Muchas gracias!

Tu que crees?

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no se lo que le pasa al gato

zagal

Cita de: Ranina en 20 de Septiembre de 2011, 14:00:46 PM
Yo os puedo comentar que tengo 43 puntos en la bolsa y me han llamado en el Marañon para tres meses. Me llamaron la semana pasada. Del Ramon y Cajal, no estan llamando.

Cuanto tiempo esperaste?


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no se lo que le pasa al gato

La vieja gloria

Buenas tardes.
Si te incorporar el día 18 de octubre, y ese día se supone que empiezan a pagarte, imagino que desde ese hospital se deberían poner en contacto contigo antes, también imagino que puedes presentarte el mismo día 18 a las 8:00 a.m. en personal o en la dirección de enfermería con la ropa de calle y que te suministren todo lo necesario para trabajar; eso implica que el día 18 podrías estar dispuesta para trabajar esa tarde o noche, en cualquier servicio, siempre y cuando no me pierda por el hospital intentando encontrar ese servicio, planta o lo que sea.

Un saludo.
Los años enseñan muchas cosas que los días no llegan a conocer.

CAMPELOCO

#4271
Cita de: pinillos en 20 de Septiembre de 2011, 13:50:10 PM
Cita de: iign02 en 19 de Septiembre de 2011, 23:57:36 PM
Cita de: CAMPELOCO en 19 de Septiembre de 2011, 22:12:39 PM
Cita de: Aniloe en 19 de Septiembre de 2011, 22:05:50 PM
Cita de: pinillos en 19 de Septiembre de 2011, 21:17:47 PM
Hola compas:

Estoy interino en un Servicio Sanitario público que no es el SERMAS, como estatutario y al sacar plaza en esta OPE y tener que incorporarme a partir del 17, quiero solicitar una excedencia voluntaria, porque ya he tenido compañeros hace años que la pidieron siendo interinos y se la dieron durante 2 años, perdiendo la interinidad si no se incorporaban en ese período.

Pero ahora, desde la publicación del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), donde dice que los interinos tienen los mismos derechos que los propietarios (de ahí que nos empezaran a pagar los trienios a los interinos siempre tras pasar por la vía judicial, claro está), sospecho que me la van a denegar para amortizar la plaza y quiero que alguien me pueda aclarar si los interinos seguimos pudiendo pedir excedencias como antaño, hasta un máximo de 2 años.

Lo pregunto porque de esta manera yo me aseguro que no pierdo la interinidad y además me han dicho que esto les obligaría a contratar a otr@ enfermer@ durante esos dos años, ya que si renuncio a mi contrato, amortizarán la plaza por "la crisis económica" y se perderá otro puesto de trabajo más.

Muchas gracias a quien me pueda aclarar este lío administrativo.

¿los interinos podemos pedir una excencia voluntaria? ¿y te reservan la plaza?

NO Y NO

Perdona CAMPE pero mi mujer siendo interina, pidió una excedencia por cuidado de hijos y se la concedieron y volvió a su plaza cuando quiso antes del tope que era de dos años y otro compañero del SERMAS pidió una excedencia siendo interino, por cuidado de familiar dependiente mayor a su cargo y también se la concedieron durante un tope de dos años, pero en este caso no se incorporó y perdió la interinidad, motivo por el cual se contrató a otra compañera en su lugar.

Por esto, lo que digo no son bulos, te hablo de dos casos tan cercanos como que uno ha sido mi propia mujer hace unos años y volvió sin problemas a la plaza que desempañaba, de hecho actualmente consta esa excedencia, como no cotizada en la Seg. Social, en la vida laboral que anualmente nos manda el Ministerio de Trabajo y en todos los certificados de tiempo trabajado que solicita, le descuentan ese período como no trabajado, como es lógico.

Por todo ello, te informo a ti y a quien le interese que los interinos pueden pedir excedencia por los motivos que establece el EBEP (cuidado de hijos y personas mayores dependientes), lo que pasa es que con un tiempo máximo de 2 años y a partir de ahí pierdes la interinidad, a diferencia de los que tienen plaza en propiedad, que pierden el destino pero no la plaza.

Un saludo, Pinillos.

Un saludo 


A VER SI NO NOS CONFUNDIMOS. Y NO INTENTAMOS CONFUNDIR. POR PARTES:
1- LAS EXCEDENCIAS POR CUIDADOS DE FAMILIARES, YA SEAN MENORES O MAYORES, NO SON "EXCEDENCIA VOLUNTARIA" QUE ES LA LO QUE TU TE REFERIAS Y QUE YA HEMOS EXPLICADO CONVENIENTEMENTE. LA EXCEDENCIA VOLUNTARIA ES OTRA COSA COMO TE HE EXPLICADO.

2- PERO PARA EL CASO QUE ME CUENTAS ESAS EXCEDENCIAS POR CUIDADO DE FAMILIARES, EVIDENTEMENTE, RESPONDEN A UN DERECHO DE TODO TRABAJADOR, NO DEL PROPIETARIO NADA MAS, PERO A DIFERENCIA DE LO QUE TU CREES, NO TE PROTEGEN DE UN CESE, SIENTO DECIRTELO.

3- SI VIENE UN PROPIETARIO A OCUPAR TU PLAZA O ESTA SE AMORTIZA DA IGUAL QUE ESTES EN EXCEDENCIA O EN VIGILIA O SEA DOMINGO DE RAMOS. ASI ES LA VIDA. TU CESAS Y PUNTO. LO MISMO QUE TE HE COMENTADO ANTES, UN EVENTUAL, SEA ESTE INTERINO O CONTRATADO TIENE BIEN CLARITOS LOS MOTIVOS DE CESE DE SU CONTRATO, Y NO HAY NADA QUE LO EVITE. RECUERDA QUE LA INTENCION DE TU PREGUNTA INICIAL ERA SI SE PODRIA PEDIR EXCEDENCIA EN UN ESTATUTARIO (VOLUNTARIA HAS DICHO) PARA NO PERDER ESA PLAZA (QUE NO ES TUYA), Y A SU VEZ COGER LA PLAZA DE LA OPE (QUE ESTA SI ES TUYA).
Lo pregunto porque de esta manera yo me aseguro que no pierdo la interinidad y además me han dicho que esto les obligaría a contratar a otr@ enfermer@ durante esos dos años, ya que si renuncio a mi contrato, amortizarán la plaza por "la crisis económica" y se perderá otro puesto de trabajo más.

4- NO CONFUNDAMOS AL PERSONAL, NO HAY NINGUNA SITUACION QUE PROTEJA A UN INTERINO O A UN EVENTUAL DE CESAR SI HA LLEGADO SU MOMENTO.
5- ADEMAS SI PIDES UNA EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES ESTA TE PERSIGUE A TI VAYAS AL SERVICIO DE SALUD QUE VAYAS YA QUE PASAS AL INSS (ESTATAL) COMO HAS PODIDO COMPROBAR EN TU VIDA LABORAL. NO TIENES HIJOS EN UNA COMUNIDAD Y DEJAS DE TENERLOS EN OTRA.
6- ADEMAS (lo siento chaval es que me lo has puesto a guevo).  ES CONDICION DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO QUE MIENTRAS SE DISFRUTA DE UNA EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES DEPENDIENTES (MAYORES O MENORES) NO SE REALICE NINGUN OTRO TRABAJO REMUNERADO NI SIQUIERA EN LOS CASOS DE REDUCCION DE JORNADA EN LAS HORAS EN QUE ESTA ESTE REDUCIDA. O DICHO DE OTRA FORMA, LA EXCEDENCIA SE PIDE PARA CUIDAR DE UN FAMILIAR NO PARA TRABAJAR EN OTRO SITIO. HACER LO CONTRARIO ESTA CONSIDERADO FALTA MUY GRAVE.

Y POR ULTIMO, NO NOS OLVIDEMOS QUE ES PARA LA EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES, Y QUE TODO ESTO NO TIENE QUE VER CON NINGUN OTRO TIPO DE EXCEDENCIAS (vOLUNTARIA, INCOMPATIBILIDAD, OTRO REGIMEN JURIDICO, ETC).

agui

Campe, puedo hacerte una pregunta? Como ya me informaste he de renunciar a mi interino laboral para irme a mi plaza fija estatutaria. Y Aquí está mi pregunta. Además de enfermera soy maestra, si me saliera una oportunidad de trabajo estando en mi nueva plaza, podría pedirme algún tipo de excedencia, permiso sin perder la plaza, claro???? He leido q hay q llevar 5 años seguidos trabajando el la administración pública, yo llevo seguidos 8 años como laboral. Muchas gracias y de verdad q aunque parezca que solo te pregunto a ti, no es así, es q nadie me informa como es debido!!!

CAMPELOCO

ESOS 8 AÑOS TE VALDRIAN Y TE PODRIAS PEDIR UNA INCOMPATIBILIDAD PERFECTAMENTE.

pilar_doral

Hola,es la primera vez que escribo,ayer en  mi centro de trabajo,la directora nos comento que se reunio y la dijeron que los enfermeros no nos incorporamos en octubre sino despues de diciembre,los medicos si se incorporan a partir del 3 octubre ,sabeis si esto es cierto?

agui

Excedencia x incompatibilidad desde mi plaza fija de estatutaria no??? Habiendo dejado ya la del Marañón y aunque este recién incorporada a mi nuevo hospi. Es así verdad??? Muchas gracias! Se me ha juntado todo!

enfermero

No le deis más vueltas...hay algo oficial y es que el 17 sacan la resolución!! por lo tanto mientras la administración no se pronuncie lo demás son conjeturas...

pinillos

Cita de: CAMPELOCO en 20 de Septiembre de 2011, 15:50:13 PM
Cita de: pinillos en 20 de Septiembre de 2011, 13:50:10 PM
Cita de: iign02 en 19 de Septiembre de 2011, 23:57:36 PM
Cita de: CAMPELOCO en 19 de Septiembre de 2011, 22:12:39 PM
Cita de: Aniloe en 19 de Septiembre de 2011, 22:05:50 PM
Cita de: pinillos en 19 de Septiembre de 2011, 21:17:47 PM
Hola compas:

Estoy interino en un Servicio Sanitario público que no es el SERMAS, como estatutario y al sacar plaza en esta OPE y tener que incorporarme a partir del 17, quiero solicitar una excedencia voluntaria, porque ya he tenido compañeros hace años que la pidieron siendo interinos y se la dieron durante 2 años, perdiendo la interinidad si no se incorporaban en ese período.

Pero ahora, desde la publicación del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), donde dice que los interinos tienen los mismos derechos que los propietarios (de ahí que nos empezaran a pagar los trienios a los interinos siempre tras pasar por la vía judicial, claro está), sospecho que me la van a denegar para amortizar la plaza y quiero que alguien me pueda aclarar si los interinos seguimos pudiendo pedir excedencias como antaño, hasta un máximo de 2 años.

Lo pregunto porque de esta manera yo me aseguro que no pierdo la interinidad y además me han dicho que esto les obligaría a contratar a otr@ enfermer@ durante esos dos años, ya que si renuncio a mi contrato, amortizarán la plaza por "la crisis económica" y se perderá otro puesto de trabajo más.

Muchas gracias a quien me pueda aclarar este lío administrativo.

¿los interinos podemos pedir una excencia voluntaria? ¿y te reservan la plaza?

NO Y NO

Perdona CAMPE pero mi mujer siendo interina, pidió una excedencia por cuidado de hijos y se la concedieron y volvió a su plaza cuando quiso antes del tope que era de dos años y otro compañero del SERMAS pidió una excedencia siendo interino, por cuidado de familiar dependiente mayor a su cargo y también se la concedieron durante un tope de dos años, pero en este caso no se incorporó y perdió la interinidad, motivo por el cual se contrató a otra compañera en su lugar.

Por esto, lo que digo no son bulos, te hablo de dos casos tan cercanos como que uno ha sido mi propia mujer hace unos años y volvió sin problemas a la plaza que desempañaba, de hecho actualmente consta esa excedencia, como no cotizada en la Seg. Social, en la vida laboral que anualmente nos manda el Ministerio de Trabajo y en todos los certificados de tiempo trabajado que solicita, le descuentan ese período como no trabajado, como es lógico.

Por todo ello, te informo a ti y a quien le interese que los interinos pueden pedir excedencia por los motivos que establece el EBEP (cuidado de hijos y personas mayores dependientes), lo que pasa es que con un tiempo máximo de 2 años y a partir de ahí pierdes la interinidad, a diferencia de los que tienen plaza en propiedad, que pierden el destino pero no la plaza.

Un saludo, Pinillos.

Un saludo 


A VER SI NO NOS CONFUNDIMOS. Y NO INTENTAMOS CONFUNDIR. POR PARTES:
1- LAS EXCEDENCIAS POR CUIDADOS DE FAMILIARES, YA SEAN MENORES O MAYORES, NO SON "EXCEDENCIA VOLUNTARIA" QUE ES LA LO QUE TU TE REFERIAS Y QUE YA HEMOS EXPLICADO CONVENIENTEMENTE. LA EXCEDENCIA VOLUNTARIA ES OTRA COSA COMO TE HE EXPLICADO.

2- PERO PARA EL CASO QUE ME CUENTAS ESAS EXCEDENCIAS POR CUIDADO DE FAMILIARES, EVIDENTEMENTE, RESPONDEN A UN DERECHO DE TODO TRABAJADOR, NO DEL PROPIETARIO NADA MAS, PERO A DIFERENCIA DE LO QUE TU CREES, NO TE PROTEGEN DE UN CESE, SIENTO DECIRTELO.

3- SI VIENE UN PROPIETARIO A OCUPAR TU PLAZA O ESTA SE AMORTIZA DA IGUAL QUE ESTES EN EXCEDENCIA O EN VIGILIA O SEA DOMINGO DE RAMOS. ASI ES LA VIDA. TU CESAS Y PUNTO. LO MISMO QUE TE HE COMENTADO ANTES, UN EVENTUAL, SEA ESTE INTERINO O CONTRATADO TIENE BIEN CLARITOS LOS MOTIVOS DE CESE DE SU CONTRATO, Y NO HAY NADA QUE LO EVITE. RECUERDA QUE LA INTENCION DE TU PREGUNTA INICIAL ERA SI SE PODRIA PEDIR EXCEDENCIA EN UN ESTATUTARIO (VOLUNTARIA HAS DICHO) PARA NO PERDER ESA PLAZA (QUE NO ES TUYA), Y A SU VEZ COGER LA PLAZA DE LA OPE (QUE ESTA SI ES TUYA).
Lo pregunto porque de esta manera yo me aseguro que no pierdo la interinidad y además me han dicho que esto les obligaría a contratar a otr@ enfermer@ durante esos dos años, ya que si renuncio a mi contrato, amortizarán la plaza por "la crisis económica" y se perderá otro puesto de trabajo más.

4- NO CONFUNDAMOS AL PERSONAL, NO HAY NINGUNA SITUACION QUE PROTEJA A UN INTERINO O A UN EVENTUAL DE CESAR SI HA LLEGADO SU MOMENTO.
5- ADEMAS SI PIDES UNA EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES ESTA TE PERSIGUE A TI VAYAS AL SERVICIO DE SALUD QUE VAYAS YA QUE PASAS AL INSS (ESTATAL) COMO HAS PODIDO COMPROBAR EN TU VIDA LABORAL. NO TIENES HIJOS EN UNA COMUNIDAD Y DEJAS DE TENERLOS EN OTRA.
6- ADEMAS (lo siento chaval es que me lo has puesto a guevo).  ES CONDICION DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO QUE MIENTRAS SE DISFRUTA DE UNA EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES DEPENDIENTES (MAYORES O MENORES) NO SE REALICE NINGUN OTRO TRABAJO REMUNERADO NI SIQUIERA EN LOS CASOS DE REDUCCION DE JORNADA EN LAS HORAS EN QUE ESTA ESTE REDUCIDA. O DICHO DE OTRA FORMA, LA EXCEDENCIA SE PIDE PARA CUIDAR DE UN FAMILIAR NO PARA TRABAJAR EN OTRO SITIO. HACER LO CONTRARIO ESTA CONSIDERADO FALTA MUY GRAVE.

Y POR ULTIMO, NO NOS OLVIDEMOS QUE ES PARA LA EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES, Y QUE TODO ESTO NO TIENE QUE VER CON NINGUN OTRO TIPO DE EXCEDENCIAS (vOLUNTARIA, INCOMPATIBILIDAD, OTRO REGIMEN JURIDICO, ETC).
OK, oido cocina, pero mi intención no era hacer ninguna irregularidad, no tenía más interés que la gente supiera, que se pueden coger excedencias para cuidado de hijos o familiares aunque seas interino, no tengo dudas de que si quieren amortizar la plaza lo harán, pero si me han dicho que con la excedencia es probable que contraten a otro compañer@ enfermer@, pues pensaba hacerlo sólo por no perder más plazas de Enfermería, que para ello se las ven y se las desean los gestores ellos solitos, pero si cometo una irregularidad ya tengo claro que no lo voy a hacer, porque yo con mi plaza en propiedad no necesito marear la perdiz con excedencias, porque no tenía ninguna intención en volver a esa misma plaza.

Doy estas explicaciones porque a veces noto cierto cabreo subliminal en algunas respuestas y lo que creo que debemos hacer es aclarar las dudas que tenemos entre todos y no buscar tres pies al gato.... (lo digo por el párrafo de "lo siento chaval es que me lo has puesto a guevo...."), como dando a entender que pretendía aprovecharme de la situación. Nunca más lejos de mi intención.

Perdón Campe si no ha sido tu caso, de cualquier manera me ha servido mucho tu información, por lo que te agradezco las molestias.

Un saludo y muchas gracias, Pinillos.



MJS

Cita de: zagal en 20 de Septiembre de 2011, 14:35:32 PM
Cita de: MJS en 20 de Septiembre de 2011, 12:08:27 PM
Hola a todos!
Una preguntita: siendo estatutario te puedes presentar a la OPE laboral y si apruebas podrías tener las dos plazas? O sería necesario renunciar a una de ellas?.
Muchas gracias!

Tu que crees?

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Pues no tengo ni idea, si no no preguntaría.  :whistling: ¿Alguien que me pueda ayudar?

La vieja gloria

Cita de: MJS en 20 de Septiembre de 2011, 19:42:15 PM
Cita de: zagal en 20 de Septiembre de 2011, 14:35:32 PM
Cita de: MJS en 20 de Septiembre de 2011, 12:08:27 PM
Hola a todos!
Una preguntita: siendo estatutario te puedes presentar a la OPE laboral y si apruebas podrías tener las dos plazas? O sería necesario renunciar a una de ellas?.
Muchas gracias!

Tu que crees?

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Pues no tengo ni idea, si no no preguntaría.  :whistling: ¿Alguien que me pueda ayudar?

Quizás si te leyeras el boletín donde ha salido publicado, te podría resolver alguna duda.
Los años enseñan muchas cosas que los días no llegan a conocer.