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Prescripcion Enfermera: Opinion del CODEM

Iniciado por Lilita, 27 de Enero de 2011, 00:33:27 AM

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carmelo

Hola , me gustaría saber en cuantas comunidades ya funciona la prescripción enfermera? y para cuando aquí en Madrid?Muchas gracias.

kimaki

#21
Cita de: carmelo en 23 de Febrero de 2011, 22:18:36 PM
Hola , me gustaría saber en cuantas comunidades ya funciona la prescripción enfermera? y para cuando aquí en Madrid?Muchas gracias.

El uso, indicación o autorización... todavía quedan trámites...

De momento en Andalucía pueden hacerlo con medicamentos no sujetos a prescripción médica y productos sanitarios, dentro de un catálogo que tienen.

En Baleares, se habla de que también van a empezar con ello pronto...

En Madrid, no tengo ni idea... la verdad...

Te animo a escuchar el podcast de Antonio J. Valenzuela que en la Jornada de Enfermería de Lugo nos presentó ese tema, recorriendo toda la historia e introduciéndonos en la legislación sobre ella.
http://www.tablonenblanco.com/smf/index.php?topic=12731.0

Republicano

Mercadeando con la Enfermería:

Al CGE no le basta con organizar un "Curso de Prescripción", engañando al colectivo de Enfermería de este país (pues no habilita legalmente para prescribir) y lo hace en connivencia con la Complutense (ellos sabrán como se reparten los cuartos), sino que además mercadea con los bancos (ellos sabrán como se reparten los cuartos otra vez) para financiar el "Progama de Desarrollo Profesional Enfermero" (las tasas de la Universidad vamos) , previa domiciliación de la nómina, patatin y patatán....

Y encima te invitan a un café, si es que son mas buenos...


http://www.ocenf.es/ciudadreal/
Si lo consientes, tus hijos serán los próximos.

FURACIN

O lo que viene a ser lo mismo: o pagamos 800 €, o domiciliamos nuestra nómina en Banesto.

Ésto apesta. ¿No creéis?.

:weight:

kimaki


Dama Eowyn

Cita de: FURACIN en 05 de Marzo de 2011, 00:40:44 AM
O lo que viene a ser lo mismo: o pagamos 800 €, o domiciliamos nuestra nómina en Banesto.

Ésto apesta. ¿No creéis?.

:weight:
:
Que generosos si les das tu nómina y pasa los recibos con ellos, te regalan la inscripcion al cursillo de grado.
Y creo recordar que cuando hice el curso de"prescripción" comentaran que la convalidacion a grado aùn no estaba cerrada y ahora resulta que hacen "acuerdos" para financiar el cursillo, ya puestos podrian mirar que algùn banco nos baje el diferencial de la hipoteca :whistling: total puestos a promocionar bancos...
Game Over

Gamberro forever

Cita de: FURACIN en 05 de Marzo de 2011, 00:40:44 AM
O lo que viene a ser lo mismo: o pagamos 800 €, o domiciliamos nuestra nómina en Banesto.

Ésto apesta. ¿No creéis?.

:weight:
Bueno, si además regalan una vajilla de Arcopal y una cubertería igual vale la pena...
:loool: :loool: :loool:
Un hombre no puede equivocarse siempre...

kimaki

Cita de: Dr Máximo González Gamberro en 06 de Marzo de 2011, 11:26:09 AM
Cita de: FURACIN en 05 de Marzo de 2011, 00:40:44 AM
O lo que viene a ser lo mismo: o pagamos 800 €, o domiciliamos nuestra nómina en Banesto.

Ésto apesta. ¿No creéis?.

:weight:
Bueno, si además regalan una vajilla de Arcopal y una cubertería igual vale la pena...
:loool: :loool: :loool:

Sobre todo valdrá la pena para hacienda, cuando al hacer la declaración lo tengas que declarar como REMUNERACIÓN EN ESPECIE... y te suba la base de cotización... jejejeje...

Mosa

...Pf!, esto huele que apesta, es pa mear y no echar gota  :tears:
Nunca te rias de los sueños de los demás, el que no tiene sueños, no tiene mucho...


carmelo

Hola a todos. Gracias Lilita por tus aclaraciones y me aparecido super interesante lo de la jornada de Lugo.Las ponencias de Carlos y Antonio excelentes. Lo que no me enterado y me gustaría que me dijerais como puedo acceder al catalogo de intervención y prescripciones que han publicado en Andalucía . Voy a dar una sesión en mi centro de salud sobre este ultimo real decreto y quería contarles un poco lo que están haciendo en Andalucía . Muchas gracias.  :13:

kimaki

#30
Cita de: carmelo en 07 de Marzo de 2011, 23:13:26 PM
Hola a todos. Gracias Lilita por tus aclaraciones y me aparecido super interesante lo de la jornada de Lugo.Las ponencias de Carlos y Antonio excelentes. Lo que no me enterado y me gustaría que me dijerais como puedo acceder al catalogo de intervención y prescripciones que han publicado en Andalucía . Voy a dar una sesión en mi centro de salud sobre este ultimo real decreto y quería contarles un poco lo que están haciendo en Andalucía . Muchas gracias.  :13:

Te puede interesar esto: --> DECRETO 307/2009, de 21 de julio, por el que se define la actuación de las enfermeras y los enfermeros en el ámbito de la prestación farmacéutica del Sistema Sanitario Público de Andalucía

-->Resolución SC 0358/09 de 31 de julio de 2009, Aplicación del decreto 307/2009 de 21 de julio, por el que se define la actuación de las enfermeras y los enfermeros en el ámbito de la prestación farmacéuticadel sistemas sanitario publico de Andalucía en lo relativo a pacientes no hospitalizados. Y el listado de medicamentos no sujetos a prescripción: 

Un saludo

Lilita

#31
Cita de: carmelo en 07 de Marzo de 2011, 23:13:26 PM
Hola a todos. Gracias Lilita por tus aclaraciones y me aparecido super interesante lo de la jornada de Lugo.Las ponencias de Carlos y Antonio excelentes. Lo que no me enterado y me gustaría que me dijerais como puedo acceder al catalogo de intervención y prescripciones que han publicado en Andalucía . Voy a dar una sesión en mi centro de salud sobre este ultimo real decreto y quería contarles un poco lo que están haciendo en Andalucía . Muchas gracias.  :13:


Actuación de las enfermeras y los enfermeros en el ámbito de la prestación farmacéutica del SSPA


http://www.juntadeandalucia.es/agenciadecalidadsanitaria/formacionsalud/gestor/es/difusion_contenido/articulos/articulo_0045.html

carmelo

Muchas gracias a las 2 por vuestra información . Ya tengo tarea.  :dance:

Carlos Tardío Cordón

#33
PRESCRIPCIÓN ENFERMERA.- He leído todos los comentarios al respecto, y depués de hacerlo me veo en la "oblgiación" de comentarlos lo más resumidamente que pueda.

En primer lugar, cuando hagáis referencia a la "Ley" tenéis que saber que una cosa es la Ley, que corresponde al Poder legislativo, al Parlamento de la Nación, y otra el Reglamento, que es la potestad del poder ejecutivo; o dicho en otros términos: del Gobierno. Y una última apreciación: la ACREDITACIÓN es una atribución al Ministerio de Sanidad, no al Gobierno. Un Ministro forma parte del Gobierno, pero no es el Gobierno.

Estos matices los tenéis que tener claros, ¡pero que muy claro!, por las consecuencias.

La Ley, la aprobada por el Parlamento, está ahí. Luego la profesión ya está autorizada para prescribir, que no es otra cosa que indicar y usar los medicamentos y productos sanitarios. Porque cuando estamos usando un medicamento o producto sanitario antes se ha producido, mentalmente, la indicación, o la prescripción o la recomendación, que tanto da. Es el enfermo, usuario o paciente, el que decide, de ahí el consentimiento informado. Nosotros nos limitamos a "aconsejar", que es a lo que llamáis prescribir.

No corrsponde al Gobierno "acreditar", ni estamos pendiente de requsitos de clase alguno ¿No habéis preguntado por qué algunas Comunidades Autónomas han decido poner en marcha la "acreditación" sin esperar a que lo haga el MINISTERIO DE SANIDAD? El asunto de fondo está en que la gestión y administración de la asitencia sanitaria está transferidos a las CC.AA. y de ahí que mantengan que la competencia para acreditar tiene que ser la Consejería de la Comunidad Autónoma, y no el Ministerio.

El Gobierno ya ha hecho uso de su competencia, cuando aprobó el Real Decreto (el Reglamento) del pasado año 2.010, sobre la "orden de dispensación". Únicamente tenemos pendiente la ejecución.

Otra cosa serán los protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, que la Ley ha reservado al Gobierno, pero SÓLO para aquellos medicamentos y productos sanitarios "sujetos" a prescripción médica.

De ahí el interés del Consejo General para que se apruebe ese Proyecto, que legalizaría los cursos que está impartiendo el Consejo General a través de esa figura de "escuela", que pertenece a una Empresa intepuesta entre la Organización y los colegiados, o de alguna organización sindical, que le permite el acceso a las Instituciones Sanitarias.

PRESCRIBIR es cosa distinta a hacer un cursillito, porque si fuera así los únicos "facultados" serían los Farmacéuticos ¿es que no os lo habéis preguntado?

Por eso se dice por parte de la Medicina que primero hay que hacer un "diagnóstico", y a esa conclusión hay que ponerle, en su caso, remedio fisiológico, biológico o químico, según proceda clínicamente. No existe un diagnóstico Enfermera: existen unas necesidades vitales, que es lo que busca el usario y paciente. Por suerte que la ingeniería está dando respuesta a esas alteraciones de la salud, con productos como el de la detección de la Glucosa en sangre y demás elementos vitales.

La Enfermera es lo que tiene que saber, ¿cuáles son esas alteraciones, desequilibrios y necesidades de las personas a las que atiende?.

Si una persona está con "bajo gasto cardíaco" eso no puede redefinirse con "perfusión tisular periférica disminuida, porque agotamos todo el tiempo en escribirlo, cuando se trata, simplemente, de una disminución de Gasto cardíaco necesario para satisfacer las necesidades funcionales de cada momento.

Todo esto se lo digo DESDE MI CONDICIÓN DE JURÍDICO, no solo con la "pasión" de un Enfermero al que "el sistema" ha frustrado como Profesión, viendo que caminamos como lo hacen los cangrejos, sólo que sin un objetivo a corto plazo.


Carlos Tardío Cordón

#34
DEL GRADO.-  Otra tomadura de pelo.

La Profesión de Enfermero exige el título de Diplomado. Los titulados con el Grado tendrán que asumir las mismas competencias del Diplomado, como éstos asumieron las de los A.T.S. y lo mismo sucedió con su  predecesor el Practicante en Medicina y Cirugía, que es una consecuencia del "Ministratante", y este del Sangrador, y así sucesivamente.

La titulación es aquella que se exija en cada momento histórico. Antes Diplomado y luego será la de Grado. Otra cosa será (serían) los efectos ACADÉMICOS. Que, ¡por cierto!, ninguna diferencia existe entre una y otra titulación, ya que las mismas vienen a acreditar que el plan de estudio superado se corresponde con lo programado por la Unión Europea.

El que se cumpla o no el programa preestablecido será otro debate. Veámoslo desde otro punto de vista: desde la perspectiva de una titulación que antes se organizaba en CINCO AÑOS y ahora se organiza en CUATRO. ¿Tendrá el Gobierno que devolver a esos titulados aquel tiempo de UN AÑO de diferencia? ¡Pues claro que no! Pues leánlo a contrario.

No mezcléis, ¡POR FAVOR!, título como Profesión, porque os perderíais en el intento de aclararlo.

Pregunto :sbox_church:, ¿estamos de acuerdo que no es lo mismo una Enfermera con experiencia :sprt:, por ejemplo, de diez años respecto de otra Enfermera con uno? Esta es la mejor manera de entender que una cosa es la PROFESIÓN y otra bien distinta la titulación :Beika:.

El Practicante enseñó a sus hijos la "práctica de la medicina", pero no era Médico. Y esto lo reconocen hasta "insigne" médicos actuales, que conozco 22avidadmania(4).

due-77

Hola compis!!! He recibido una carta del colegio de enfermeria de madrid (codem) donde me informan que se va a realizar un curso de prescripción enfermera. Me gustaría saber si este ya es el que nos servirá  para realizar la prescripción enfermera o no.Gracias.

VeroDue_Mad

Yo tambien la he recibido! de momento este año solo hay 4 ediciones, imagino que al año que viene habra mas...pero yo me pregunto lo mismo, sirve de algo hacer esto? una vez hecho ya podemos preescribir?

anchus

Pero yo  pregunto


el colegio es quien forma para poder prescribir???

Ya está aprobado el decreto en el que se nos permite prescribir ?????

Lilita

Cita de: anchus en 23 de Febrero de 2012, 12:38:52 PM
Pero yo  pregunto


el colegio es quien forma para poder prescribir???

Ya está aprobado el decreto en el que se nos permite prescribir ?????

NO!!! No ha salido la norma que regule como y quien es el que acredita:

http://www.foroenfermeria.es/wordpress2/2011/11/alegaciones-al-real-decreto-sobre-la-regulacion-de-la-prescripcion-enfermera/

anchus

Pues eso Lilita, ahí voy,  que como pueden ofertar la realización de un curso, y en otras comunidades, como Cataluña,  estarlo haciendo ya cuando NO HAY NADA